En aras de privilegiar la instancia partidista, el Comité Directivo Estatal del PAN deberá analizar los juicios ciudadanos
Ángel Hernández
Xalapa, Ver. a 19 de agosto de 2019.- El Pleno del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) determinó reencauzar los juicios ciudadanos promovidos por diversos actores que se ostentan como militantes del Partido Acción Nacional en contra la de la “Convocatoria para el Proceso Extraordinario de la elección de Presidente, Secretario General y siete integrantes del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Veracruz”, emitida el doce de agosto del año en curso.
El Tribunal declaró como improcedentes, toda vez que de conformidad con el artículo 377 en relación con el 402, último párrafo, ambos del Código Electoral, prevé la improcedencia de un medio de impugnación, entre otros casos, cuando no se haya agotado la instancia partidista correspondiente, ello con el afán de privilegiar el derecho de autodeterminación.
Lo anterior, a fin de salvaguardar el acceso a la justicia de los actores consagrada en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que, dichos juicios los analizará la Comisión de Justicia del Partido Acción Nacional para que, en plenitud de sus atribuciones, los sustancien como Juicios de Inconformidad, previsto en su normativa interna partidista, en un plazo máximo de cinco días.